El formulario para la inscripción de usuarios de cara a la continuidad de la percepción de los subsidios al consumo de gas y electricidad, que comenzará a regir el 1 de agosto, ya está disponible en el sitio web de la Secretaría de Energía y en la aplicación Mi Argentina.

Aunque el formulario se habilitó este viernes, aquellos interesados en completarlo podrán hacerlo según la terminación de su Documento Nacional de Identidad (DNI).

Para los DNI finalizados en 0, 1 y 2, la inscripción es desde este viernes y hasta el 19 de julio; para los que terminan en 3, 4 y 5, entre el 20 y el 22; y para resto, del 23 al 26 de julio.

El decreto 332/2022 estableció "un régimen de segmentación de subsidios a usuarios y usuarias residenciales de los servicios públicos de energía eléctrica y gas natural por red, con el objeto de lograr valores de la energía razonables y susceptibles de ser aplicados con criterios de justicia y equidad distributiva".

Además determinó las características de los niveles de usuarios a los efectos de definir las características de la segmentación.

El nivel 1 está integrado por los usuarios de mayores ingresos "que tendrán a su cargo el costo pleno del componente energía del respectivo servicio", con ingresos mensuales netos superiores a 3,5 Canastas Básicas Totales (CBT), que a valores de mayo representan $ 348.868,97.

Otras de las condiciones para revestir en este grupo son la de ser titular de 3 o más automóviles con antigüedad menor a cinco años, tres o más inmuebles, una o más aeronaves o embarcaciones de lujo o "ser titulares de activos societarios que exterioricen capacidad económica plena".

El nivel 2, de menores ingresos, toma como referencia ingresos netos menores a 1 CBT ($99.676,85), contar con certificado de vivienda del Renabap, vivir en un domicilio donde funcione un comedor o merendero comunitario, que un integrante del grupo familiar posea una pensión vitalicia de Veteranos de Guerra del Atlántico Sur o posea un certificado de discapacidad.

En este caso, el aumento en todo 2022 no será superior al 40% de la variación salarial del año pasado (53,4%), que resulta equivalente al 21,36%.

El nivel 3 está integrado por clientes de ingresos medios o del nivel 2 si los propietarios en su conjunto cuentan con dos o más inmuebles o un vehículo de hasta tres años de antigüedad, excepto si un conviviente cuenta con un certificado de discapacidad.

Para este nivel, el incremento será del 80% de la variación salarial de 2021, equivalente al 42,72%.