Cambiar de compañía pero mantener el mismo número de celular. El trámite de "portabilidad numérica" debería ser simple y rápido pero las dudas y quejas de usuarios se acumulan. Ante la gran cantidad de reclamos recibidos por la Oficina Municipal de Información al Consumidor (Omic) sobre el trámite de traspaso de un número telefónico móvil, desde el organismo dieron a conocer una serie de aclaraciones y recomendaciones para los usuarios del servicio.

Señalan que se trata de “un derecho que le permite a los usuarios de telefonía móvil cambiar de prestador/compañía cuando les resulte conveniente conservando su número de teléfono”.

“Distintas denuncias ponen en evidencia las situaciones abusivas por parte de las empresas ante los usuarios del servicio, teniendo en cuenta que el mayor problema que manifiestan los consumidores es la falta de información de manera fehaciente y detallada suministrada por las compañías al momento de explicar las condiciones que acarrea dicho cambio”, agregan.

Por lo tanto se debe tener en cuenta que la portabilidad numérica es un derecho al usuario:

•        Pueden solicitar la portabilidad numérica tanto a las personas físicas como las jurídicas, ya sea que tengan planes postpagos o prepagos.

•          Se puede mantener el número únicamente si se solicita el cambio dentro del área local.

•       La solicitud debe solicitarla el usuario titular de la línea ante la compañía a la cual quiere mudarse, acompañando fotocopia de DNI.

•     El usuario puede cambiar de empresa las veces que lo quiera, según sus necesidades y conveniencia, con la única limitación de que no podrá solicitar un nuevo cambio de empresa antes de los 60 días de realizado el último.

•       Ninguna empresa puede suspender ni dar la baja el número una vez iniciado el proceso.

•       La empresa de la cual el usuario quiere salir no podrá, una vez iniciado el proceso, realizar ninguna práctica para retenerlo como cliente.

•       El proceso no debe durar más de 10 días hábiles y durante el mismo, el usuario no puede quedar sin servicio por más de 3 horas.

•       El proceso de portabilidad numérica no insumirá para el usuario costo alguno.

•     La solicitud sólo podrá ser rechazada por que los datos del usuario con dicha persona, se encuentra en proceso otra solicitud de cambio de empresa para el mismo número.

•      El usuario debe realizar  cualquier reclamo relacionado con omisiones, demoras, irregularidades o cualquier otra cuestión relacionada con el proceso de portabilidad numérica, ante la empresa a la cual quiere mudarse dentro de los 60 días corridos desde que se produce el hecho que origina el reclamo a la empresa debe resolverlo dentro de los TRES días HÁBILES de efectuado, pasados los cuales el usuario podrá radicar su reclamo.

•      La existencia de deuda con la empresa de la cual el cliente quiere retirarse no podrá impedir el proceso de cambio de empresa.

Por cualquier duda o consulta acercarse a la Omic, sita en calle Buenos Aires 1820, en el horario de 7.30 a 12.