La diputada casildense Claudia Giaccone se puso la camiseta de los clubes del interior. A partir de un proyecto suyo se dictó la Ley 27211, sancionada y promulgada en noviembre de 2015 y para cuya redacción trabajó con un equipo de profesionales especialistas provenientes de la Asociación Latinoamericana de Derecho del Deporte. Esta semana su aplicación se hizo efectiva.

En el fallo del juez de Circuito Judicial Nº 29 de San Vicente, Juan Carlos Marchese, se establece que Estudiantes de La Plata deberá pagarle al club Bochófilo Bochazo de la Liga Rafaelina, una suma importante de pesos por haber formado al jugador Facundo Sánchez. 

La legislación, plenamente vigente, establece que las entidades deportivas formadoras, o sea aquellos clubes que aportaron al adiestramiento, entrenamiento y perfeccionamiento de la calidad y destreza del atleta involucrado en la práctica de una disciplina amateur o profesional desde la infancia, deben recibir una compensación económica cuando ese atleta ingrese al profesionalismo, y por cada transferencia posterior.

La ley es aplicable a todos los deportes en todas sus disciplinas, y el Derecho establecido en esta norma se adquiere cuando el deportista se haya inscripto federativamente. El período de un deportista en formación se considera entre los 9 y 18 años de edadY la compensación que corresponda abonar en concepto de Derecho de Formación Deportiva, es un 5% sobre el valor bruto del pago total y por todo concepto. En los deportes colectivos se hace efectiva cuando el deportista, siendo amateur, celebra el primer contrato profesional, y luego cada vez que se produzca una transferencia de derechos federativos o que se suscribe un nuevo contrato.

Con pocos días de diferencia un segundo fallo a favor de la legislación vigente, determina que River Plate debe resarcir al Club Unión de Totoras, en virtud de haberse formado futbolistas Nicolás Domingo en las categorías inferiores de esta última asociación deportiva.