En un nuevo decreto del Gobierno Provincial -Nº 595- se dictaminó la ampliación del cupo máximos que podrán tener los lugares de culto a partir de ahora. Vale recordar que en una primera etapa sólo se había establecido un máximo de diez concurrentes. Ahora se podrá triplicar esa cantidad siempre y cuando el sitio permita respetar las medidas de distanciamiento social.

La provincia de Santa dispuso que las reuniones y celebraciones religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades inscriptas en el Registro Nacional de Cultos.

Más adelante, se dan lo detalles que deben cumplirse sí o sí para no incurrir en ninguna falta. En ese sentido, todos los asistentes deben concurrir con tapabocas, se debe asegurar la permanente ventilación del espacio, el total de la capacidad ocupacional no puede exceder el 50%, cada personas debe tener un espacio circulable de 2,25 metros cuadrados y, en caso, de que las reuniones sean consecutivas, establecer un plazo que permita la desinfección del local.

Las autoridades municipales y comunales, en concurrencia con las autoridades provinciales competentes, coordinarán los procedimientos de fiscalización. Garantizando el cumplimiento de los protocolos vigentes y de las normas dispuestas en virtud de la emergencia sanitaria. Las localidades que no se encuentren en fase 4, están excluidas de esta normativa.