La doctora Lucrecia Faccioli, integrante del órgano de revisión de los derechos de usuarios de salud mental de la Defensoría del Pueblo santafesina, se refirió a uno de los puntos más cuestionados a la Ley 26.657. “Hay un capítulo entero de la ley que regula el modo en el cual se debe proceder en estos casos. No es cierto que desde que está en vigencia esta normativa no existen las internaciones contra la voluntad de la persona afectada”, manifestó al aire de Radio Casilda.

La profesional reveló que la actual normativa está vigente desde el 2010 y contempla las internaciones contra la voluntad delos afectados, siempre y cuando sean sometidos al análisis de un equipo de salud interdisciplinario. Ese órgano tiene que estar compuesto por tres personas y dos de ellas deben ser del ámbito de la psicología o psiquiatría.

Por otra parte, Faccioli contó que los internados deben tener un tiempo prudencial. “Las instituciones de salud mental no son lugares para que las personas se queden a vivir. Los psiquiátricos tienen que tender a su cierre. Eso tiene que pasar al ámbito de la salud pública”, insistió.

Finalmente, habló de un pedido que se le hizo a la justicia penal por las derivaciones que se están realizando de aquellas personas en conflicto con la ley. Actualmente, está conviviendo pacientes que se internan por voluntad propia con aquellos que no pueden comprender la criminalidad de sus hechos. Y es potencialmente, peligroso.

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